Para personas jurídicas constituidas en la República
Argentina, o habilitadas para actuar en su territorio, que desarrollen por
cuenta propia como actividad principal, alguna de las actividades promovidas, y
que cumplan los requisitos estipulados.
Actividades
incluidas
- Software y
servicios informáticos y digitales
- Producción y
postproducción audiovisual
- Biotecnología,
bioeconomía, biología, bioquímica, microbiología, bioinformática, biología
molecular, neurotecnología, ingeniería genética, geoingeniería
- Servicios geológicos y de
prospección y servicios relacionados con la electrónica y las comunicaciones
- Servicios profesionales de
exportación
- Nanotecnología y nanociencia
- Industria aeroespacial y
satelital, tecnologías espaciales
-
Inteligencia
artificial, robótica, internet industrial, internet de las cosas, sensores,
manufactura aditiva, realidad aumentada y virtual.
- Actividades
de ingeniería, ciencias exactas y naturales, ciencias agropecuarias y ciencias
médicas vinculadas a tareas de investigación y desarrollo experimental
Bono de crédito
fiscal: podrán convertir en un bono de
crédito fiscal intransferible hasta el 70% de las contribuciones
patronales.
Reducción del Impuesto
a las Ganancias: 60% para micro y
pequeñas empresas, 40% para medianas y 20% para
grandes.
Exclusión del régimen
de derechos de exportación para exportadores
de servicios:
se eliminan estas “retenciones a la exportación” para todos los exportadores de
servicios que obtengan el beneficio del régimen.
Exclusión del régimen
de retenciones y percepciones de IVA: para los beneficiarios del
régimen que realicen operaciones de exportación.
Deducción especial
de la base imponible en el Impuesto
a las Ganancias: Posibilidad de crédito de impuesto contra rentas de fuente
argentina por los impuestos análogos retenidos/pagados en el exterior.
Estabilidad de los beneficios: durante la vigencia del
régimen (hasta 31/12/2029), estabilidad de los beneficios que la ley establece.
Ejemplo
práctico (cuantificación de beneficios)
El siguiente
ejemplo es sólo a título ilustrativo, ya que para cada empresa interesada en el
servicio calcularemos el beneficio potencial.
Empleados: 15
Actividades
promocionadas: 100%
Facturación anual:
$ 40.000.000
Categoría: Microempresa
Sueldo mensual
promedio (bruto): $ 90.000
Sueldos anuales
(brutos): $ 17.550.000
Ganancia
impositiva: $ 6.000.000 (Rentabilidad 15% s/facturación)
Impuesto a las
Ganancias (sin beneficio): $ 1.800.000
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Tributo
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Ahorro
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Bono contribuciones
patronales 70%
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$ 2.160.000,00
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Reducción
Ganancias 60%
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$ 1.080.000,00
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Tasa auditoría
2%
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$ - 65.000,00
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Aporte FONCAP
2,5%
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$ - 32.000,00
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Beneficio total
anual
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$
3.143.000,00
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Rentab. s/ventas
post impuestos (sin benef.)
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10,50%
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Rentab. s/ventas
post impuestos (con benef.)
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18,36%
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A esto debe
adicionarse la eliminación de los derechos de exportación y la exclusión de las
retenciones de IVA.